¿Sabes diferenciar entre una autopista y una autovía? Resolveremos ésta y otras cuestiones a continuación... ¡No te lo pierdas!
Para realizar una clasificación fehaciente de los tipos de carreteras existentes, atenderemos a lo estipulado en el Artículo 2º de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras del Estado (España).
Así, el citado texto divide las carreteras en autopistas, autovías, carreteras multicarril y carreteras convencionales. Algunas de sus características, como veremos a continuación, nos permitirán diferenciar unas de otras y ser conscientes de sus singularidades.
1. Tipos de carreteras: Autopistas
- Circulación exclusiva de automóviles.
- No hay accesos a las propiedades colindantes, lo cual hay que tener muy en cuenta a la hora de las solicitudes de nuevos accesos.
- No puede ser cruzada a nivel por ninguna otra infraestructura de transporte, lo que condiciona el diseño de los enlaces que se vayan a construir para conectar con carreteras nuevas.
- Consta de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí.
2. Tipos de carreteras: Autovías
- La diferencia con las autopistas es que pueden ser cruzadas a nivel por otra infraestructura viaria y que la circulación puede no ser exclusiva para automóviles.
- En España se presenta la circustancia de que existen autovías de primer nivel, lo cual dificulta su diferenciación de las primeras y provoca que la sociedad las confunda con frecuencia.
3. Tipos de carreteras: Carreteras multicarril
- Este es un nuevo concepto introducido por la nueva Ley.
- Las que no siendo autopistas ni autovías tienen al menos dos carriles por cada sentido, con separación o delimitación de los mismos, pudiendo tener accesos o cruces a nivel.
4. Carreteras convencionales
- El resto de carreteras que no reúnen las características de las autopistas, autovías y vías rápidas.